La Cámara Federal de Resistencia, constituida por las Juezas Roció Alcalá y Patricia García , dictó una resolución este miércoles 12 de Marzo , confirmando el procesamiento del ex suboficial mayor de la Dirección de Investigaciones de la Policía del Chaco, Gabino Manader ; por la privación ilegal de la libertad y la aplicación de tormentos a los párrocos Joaquín Núñez y Gianfranco Testa, ocurridas en 1974 en la Alcaidía de Sáenz Peña, considerando los hechos como crímenes de lesa humanidad.
Las Juezas Alcalá y García, consideraron en su fallo: “ para el examen y conclusión arribados, consideramos las constancias agregadas a este legajo (testimoniales, documentación, informes, entre otros), las que fueran oportunamente indicadas, valoradas y correlacionadas entre sí por la Juzgadora para tener por acreditada la real ocurrencia del suceso materia de investigación…”
En otro tramo de su Resolución, las magistradas refirieron: “…no resulta ajena a la consideración -como bien señaló la Jueza – la relevancia que adquieren las declaraciones testimoniales rendidas en autos. Ello habida cuenta la complejidad de los hechos investigados, así como el tiempo transcurrido desde que acaecieron los mismos, fundamentalmente aquéllas vertidas por los testigos directos y víctimas de los sucesos que hacen al objeto procesal de la presente causa, sin perjuicio de cotejarlas con otros testimonios existentes en los actuados y en documentos que reseñan la modalidad operativa de la época…”
Finalmente las Juezas Federales , sostuvieron : “ devienen relevantes los numerosos testimonios , todos ellos coincidentes en punto a la situación de las víctimas y el accionar del encausado, como corolario de un examen crítico racional con el resto de los elementos de juicio , lo que se muestra respetuoso de las leyes de la lógica, de la psicología y de la experiencia común, no advirtiéndose en dicha valoración inconsistencias ni fisuras que permitan -a esta altura del proceso- albergar duda acerca de los extremos de la imputación delictiva dirigida en contra de Manader…”
La Investigación
Según la investigación de la Fiscalía Federal , en los inicios de la década del ‘70, Núñez y Testa pertenecieron al Movimiento Rural Católico y luego fueron parte de la creación del movimiento de las Ligas Agrarias, que agrupó a pequeños productores.
Los sacerdotes, responsables de las Parroquias de Quitilipi y Machagai, fueron detenidos el 14 de abril de 1974 por la Policía del Chaco y luego trasladados a la Alcaidía de Sáenz Peña. De acuerdo con los elementos recabados en la causa, una vez allí fueron torturados durante varios días por una comisión de la Dirección de Investigaciones de la Policía provincial, encabezada por el jefe Carlos Alcides Thomas y el subjefe Wenceslao Ceniquel, el suboficial Manader -el único con vida de este grupo- y el agente José María Cardozo.
La reconstrucción de los hechos se asienta en los relatos de las víctimas, las declaraciones de otros detenidos, los testimonios de religiosas y laicas que los visitaron , además de actuaciones judiciales e informes médicos de la época.
Las víctimas
Núñez pertenecía a la Orden de los Franciscanos y estuvo cinco años privado de su libertad. Pasó por Alcaidía Policial de Resistencia y las cárceles federales de Resistencia, Rawson (Chubut) y Devoto (Capital Federal) y en un penal provincial de La Plata (Buenos Aires). En 1986 constituyó la parroquia de Caacupé en el barrio de Bella Vista, ubicado en la ciudad de Rosario, donde realizó trabajo social durante años. Falleció recientemente en un hogar de la congregación de los Franciscanos.
Por su parte, Testa fue integrante de la Orden Los Misioneros de la Consolata, y estuvo detenido en la Alcaidía de Resistencia y en cárcel federal de Resistencia. Por su nacionalidad italiana fue expulsado del país en 1978. Luego ejerció el sacerdocio en Nicaragua y Colombia y actualmente reside en Italia.
Las sentencias que prueban la persecución a las Ligas Agrarias
El 25 de junio de 2019, el Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó a cuatro expolicías y exmilitares por crímenes de lesa humanidad perpetrados durante la última dictadura militar en la provincia de Chaco contra pobladores rurales y militantes campesinos, en el juicio conocido como “Ligas Agrarias”. El tribunal le impuso la pena de prisión perpetua al exteniente coronel del Ejército Tadeo Bettolli, por el homicidio agravado del dirigente campesino Raúl Eduardo Gómez Estigarribia, y la misma pena para el exagente policial Alcides Sanferraiter por el homicidio agravado por alevosía del militante rural Carlos Picolli.
Además, recibieron penas de 4 y 18 años de prisión los excomisarios José Rodríguez Valiente y Eduardo Wischnivetzky por encubrimiento, privación ilegítima de la libertad y tormentos, según cada caso.
En los fundamentos de la sentencia, el tribunal oral hizo hincapié en el papel del movimiento rural en la defensa de los derechos de las familias campesinas: “Las Ligas Agrarias –desarrolladas en las provincias del nordeste- en particular, se apoyaban en el factor de marginalidad que poseían los pequeños productores, campesinos y trabajadores rurales en el contexto de la sociedad capitalista vigente. Las Ligas Agrarias representaron entonces un gran sector de productores rurales, tanto colonos como campesinos que, viéndose marginados del modelo de desarrollo dominante, irrumpieron en la arena de la lucha política de los años 70 colocando al agro al lado del resto de las expresiones de cambio radical de aquellos años”.
En otra parte de la resolución judicial, los jueces se refirieron al rol que tuvo el Ejército en operativos de represión ilegal: “El Ejército Argentino, como parte de su pregonado ‘proceso de reorganización nacional’ (1976-1983) movilizó efectivos al interior de Chaco, incluidos también los cuadros de la Policía provincial, que por normativas de facto vigentes a la época les estaban subordinados. En lo que se conoció como lucha contra la subversión y en la persecución de los consideraban elementos hostiles -de suyo, en la práctica así fueron considerados los miembros de Ligas Agrarias-, se ejecutaron operaciones que implicaron el hostigamiento, la represión, desaparición y muerte de parte de trabajadores rurales, pequeños productores, sus militantes y dirigentes”.
El mismo tribunal había condenado a los responsables de crímenes contra dirigentes y militantes de las Ligas Agrarias en distintos juicios orales en el marco de las causas denominadas: Masacre de Margarita Belén (2011), Caballero I (2010), Caballero II (2018) y Caballero III (2021) .
A su vez, el Tribunal Oral Federal de San Martín condenó en 2021 a militares del Batallón 601 en el marco de la causa Contraofensiva por las desapariciones, entre otras, de los dirigentes de las Ligas Agrarias del Chaco Hugo Vocouber, Luis Alberto Fleitas y Armando Molina, ocurridas en 1980.