$LIBRA: gordura no es hinchazón

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En 2014 escribí sobre el encuadre del BITCOIN, en el marco de la ley de la República Argentina (Los Bitcoins y el Derecho Argentino, Abogados.Com, 16/12/2014). En ese suelto puntualicé las diferencias que existe entre la “moneda” y el “dinero”, como conceptos económicos no asimilables, y las implicancias legales de esta diferencia.

Dije, siguiendo la caracterización de la Ciencia Económica tradicional, que el “dinero”, es un bien o una cosa, que cumple con tres funciones: 1) Es Medio de cambio: se trata de un bien que los compradores entregan a los vendedores cuando desean adquirir otro bien o un servicio, y éstos lo aceptan y entregan el bien demandado; 2) Es Unidad de cuenta: patrón que utilizan los individuos para determinar los precios y registrar las deudas y los créditos; y 3) Es depósito de valor en el tiempo y en el espacio: permite transferir una capacidad de compra o de ahorro, entre lugares distantes y postergar las mismas hacia el futuro.

Por su parte, la moneda es un bien creado por un Estado que tiene el poder monopólico de acuñación o emisión, que, en el caso de la República Argentina, corresponde al Congreso de la Nación (art. 75, inc. 11 CN)

Por tanto, el Bitcoin no fue ni es ahora una “moneda”, dado que es de su esencia la emisión descentralizada por los particulares. Técnicamente es un bien que se utiliza como dinero, y la amplia aceptación que ha tenido a lo largo de los años, lo ha consolidado como un “bien” o “cosa” que ha demostrado reúne las apuntadas tres características del dinero.

En 2019 escribí otro suelto sobre distintos activos basados en cadenas de bloques (blockchain), y diferencié de qué se trata cada uno de ellos a luz de la Ley Nacional (ver “Bitcoin, Libra, Activo Marcos Paz, y… ¿más allá la inundación?”, de agosto de 2019. La conclusión en aquel comentario era que se imponía comenzar a estudiar localmente el encuadre que correspondía y se deseaba dar a los activos cripto y a los bienes no tangibles que, por la elección de los agentes económicos, se utilizaran como dinero.

Luego llegaron las llamadas “memecoin” (o meme coins), que vinieron a revolucionar las finanzas virtuales. Éstas no son desde luego, monedas, pero tampoco son dinero.

Estos bienes transables con la utilización de billeteras virtuales se inspiran en personajes de internet o tendencias virales. A diferencia de otros bienes criptográficos con un propósito específico, las memecoins suelen carecer de utilidad práctica y su valor depende casi exclusivamente del entusiasmo y el interés que la comunidad en línea ponga en los mismos.

Las características más destacadas de los memecoins son: 1) su origen está en algún personaje famoso o una imagen viral que genera tendencia en las redes (por ejemplo “La llama que llama”); 2) suelen contar con el apoyo de comunidades en línea que impulsan su popularidad, generando una demanda artificial; 3) son esencialmente volátiles, porque no tienen activos que los respalden detrás (por ejemplo: stablecoins) ni representan bienes físicos tockenizados ( “Agrotoken”); 4) son bienes que se utilizan esencialmente para la especulación financiera; y 5) son bienes que tienen un muy bajo precio unitario, porque se crean muchísimos y no es de su esencia elevar el precio y crear valor a partir de la escasez.

En este escenario, el 14 de febrero pasado se produjo un hecho que, en otro contexto o con otros actores o personajes, no hubiese dado lugar a los comentarios generalizados y hubiese sido un hecho financiero sin demasiada transcendencia más allá de ciertos sectores de las finanzas especulativas globales: el lanzamiento al mercado virtual, el incremento desmedido de su precio para su negociación en un primer momento y la caída en picada del mismo luego, en el término de unas horas, de la memecoin denominada “$LIBRA”.

No haré un análisis de las personalidades que se mueven en la trama de esta operación financiera, ni la calificaré legalmente. Solo deseo hacer algunas reflexiones técnicas en relación con los conceptos que están circulando y se difunden en todos los medios.

$LIBRA no es moneda.

$LIBRA no es una criptomoneda.

$LIBRA no es un criptotoken.

$LIBRA no es dinero.

$LIBRA es solo y simplemente un memecoin, creado por unos desarrolladores foráneos fuera de Argentina, que se apoyaron en la popularidad mediática de un país y una persona para la difusión de esta y a partir de allí algunos agentes financieros realizaron una serie de rápidas operaciones de mercado, con excelente beneficio para algunos pocos especuladores.

Este hecho puntual, especulativo y tal vez reñido con la legalidad y la ética, no puede comprometer y opacar el desarrollo de los mercados de activos virtuales, que como ya sabemos están llamados a continuar consolidándose y generando confianza. La madurez que están obteniendo estos mercados, y la institucionalización de estos va en un camino de crecimiento y consolidación sin retorno.

No corresponde confundir un hecho aislado, con una crisis de un sistema que se consolida. Deben desde luego y como enseñanza de estas experiencias, madurar las prácticas y las conductas de los agentes, a quienes corresponderá brindarle un marco confiable para sus operaciones.

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por Marcelo Loprete

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